REQ-EIDAS2-CYBER-A
Texto del requisito
eIDAS 2 refuerza las exigencias de ciberseguridad sobre los TSP cualificados, clasificándolos como entidades esenciales bajo la Directiva NIS2 (UE 2022/2555) y sus requisitos de gestión de riesgos.
¿Qué exige este criterio?
NIS2 (Directiva UE 2022/2555) considera a los TSP cualificados 'entidades esenciales'. Esto implica obligaciones adicionales de ciberseguridad más allá de EN 319 401: (1) medidas de gestión de riesgos de ciberseguridad conforme al art. 21 de NIS2 (gestión de incidentes, continuidad, seguridad de la cadena de suministro, cifrado, control de acceso, etc.); (2) notificación de incidentes en plazos NIS2 (alerta 24h, notificación 72h, informe final 1 mes); (3) responsabilidad de los órganos directivos en la aprobación de medidas de ciberseguridad; (4) inscripción en los registros de entidades esenciales del Estado miembro.
¿Qué hay que revisar al cliente?
- Análisis de aplicabilidad de NIS2 al QERDS/TSA del prestador.
- Medidas de gestión de riesgos del art. 21 NIS2 implementadas o en planificación.
- Responsabilidad de los órganos directivos en ciberseguridad (actas de aprobación).
- Inscripción en el registro de entidades esenciales (INCIBE/CCN).
- Coordinación entre los equipos de eIDAS y NIS2 en el prestador.
Preguntas clave para las entrevistas
- ¿Ha analizado el prestador si está sujeto a NIS2 como entidad esencial por ser TSP cualificado?
- ¿Están los órganos directivos del prestador formalmente involucrados en la aprobación de medidas de ciberseguridad?
- ¿Se ha informado al equipo de ciberseguridad del prestador de las obligaciones adicionales de NIS2 para el QERDS?
- ¿Hay un plan de cumplimiento NIS2 paralelo al de eIDAS para el servicio?
¿Por qué es esencial para QERDS y TSA?
La doble obligación eIDAS+NIS2 refuerza los requisitos de ciberseguridad del QERDS y la TSA. El incumplimiento de NIS2 puede ser sancionado por las autoridades NIS2 (INCIBE/CCN en España) con sanciones de hasta el 2% del volumen de negocio global. Es un requisito paralelo que debe coordinarse con el proceso de cualificación eIDAS.
Evidencia que demostraría conformidad
- Análisis de aplicabilidad NIS2 al QERDS/TSA.
- Plan de cumplimiento NIS2 (o referencia al plan general de NIS2 del prestador).
- Actas de aprobación de medidas de ciberseguridad por órganos directivos.
Evidencia esperada
Análisis de aplicabilidad NIS2 + plan de cumplimiento + aprobación por órganos directivos.
Evidencias vinculadas 0
Aún no hay evidencias vinculadas.
Subir nueva evidencia
Aplicabilidad
AplicaInformación del requisito
- Última actualización
- 2026-05-03 18:31
- Marco
- Reglamento (UE) 2024/1183 – eIDAS 2
- Versión
- Vigente
- Referencia bibliográfica
- Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024. DOUE. https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2024/1183/oj