LEY-6-2020

REQ-L6-23

Art. 23 – Infracciones muy graves (sanción hasta 1.500.000 €)
NC Alta
Texto del requisito

Constituyen infracciones muy graves: prestar servicios cualificados sin estar en TSL, incumplir la notificación de incidentes en 24h, incumplir la notificación previa de inicio de servicio, entre otras. Sanción hasta 1.500.000 €.

¿Qué pide este criterio y por qué?

¿Qué exige este criterio?
El TSP debe conocer el catálogo de infracciones muy graves y disponer de controles preventivos para cada una. Las principales infracciones muy graves son: (1) prestar servicios cualificados sin estar en TSL; (2) incumplir la notificación de incidentes graves al supervisor en 24h; (3) no notificar el inicio de un servicio cualificado; (4) obstaculizar inspecciones del supervisor. La sanción máxima de 1.500.000 € hace que los controles preventivos sean una prioridad.

¿Qué hay que revisar al cliente?

  • Conocimiento documentado del catálogo de infracciones muy graves por el equipo.
  • Controles preventivos para cada infracción muy grave.
  • Proceso de notificación de incidentes en ≤24h (ver REQ-EIDAS-19-2).
  • Verificación periódica del estado en la Trusted List.
  • Cultura de cumplimiento: ¿el equipo entiende las consecuencias?

Preguntas clave para las entrevistas

  • ¿El equipo directivo de El prestador conoce el catálogo de infracciones muy graves de la Ley 6/2020?
  • ¿Hay un control preventivo específico para garantizar la notificación de incidentes en ≤24h?
  • ¿Se verifica periódicamente que el estado del servicio en la Trusted List es correcto?
  • ¿Hay formación periódica del equipo sobre cumplimiento regulatorio?

¿Por qué es esencial para QERDS y TSA?
Las infracciones muy graves tienen consecuencias inmediatas: sanción económica y posible suspensión de la cualificación. La prevención es más barata que la reacción. Un sistema de alertas para los controles preventivos más críticos (especialmente el plazo de notificación de incidentes) es imprescindible.

Evidencia que demostraría conformidad

  • Catálogo de infracciones muy graves con controles preventivos.
  • Procedimiento de notificación de incidentes ≤24h.
  • Proceso de verificación periódica del estado en la Trusted List.
  • Plan de formación del equipo en cumplimiento regulatorio.
Evidencia esperada

Catálogo de infracciones conocido + controles preventivos + procedimiento ≤24h + verificación en TSL.


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Evidencias vinculadas 0

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Subir nueva evidencia
Por defecto, la evidencia se analiza con Claude (Anthropic) para emitir un dictamen consultivo de cobertura del control. El dictamen es orientativo: el CAB sigue siendo la autoridad sobre la conformidad real.
Aplicabilidad
Aplica
Información del requisito
Última actualización
2026-05-03 18:31
Marco
Ley 6/2020 – Servicios electrónicos de confianza (España)
Versión
Vigente
Referencia bibliográfica
Ley 6/2020, de 11 de noviembre. BOE núm. 298, 12 de noviembre de 2020. https://www.boe.es/eli/es/l/2020/11/11/6