LEY-6-2020

REQ-L6-13-2

Art. 13.2 – Custodia post-cese mínimo 15 años (servicio cualificado)
NC Alta
Texto del requisito

Tras el cese, debe garantizarse la custodia de la información del servicio cualificado durante un período mínimo de 15 AÑOS.

¿Qué pide este criterio y por qué?

¿Qué exige este criterio?
El plazo de 15 años es el más largo de todos los requisitos de retención de la Ley 6/2020. Implica: (1) identificar un custodio para la información post-cese; (2) garantizar financieramente la custodia durante 15 años (provisión financiera o acuerdo con entidad pública); (3) mantener la verificabilidad de las evidencias durante ese periodo (LTV/LTA periódico); (4) publicar las claves históricas del servicio para que terceros puedan verificar. El Plan de Cese debe detallar cómo se cumple este requisito.

¿Qué hay que revisar al cliente?

  • Plan de cese con sección específica sobre custodia post-cese de 15 años.
  • Custodio identificado para la custodia (entidad pública, TSP sucesor, archivo).
  • Provisión financiera o acuerdo que garantice la custodia durante 15 años.
  • Procedimiento técnico de preservación LTV/LTA durante los 15 años.
  • Plan de publicación de claves históricas.

Preguntas clave para las entrevistas

  • ¿Hay un custodio identificado que garantice la custodia por 15 años tras el cese?
  • ¿Hay una provisión financiera para cubrir los costes de custodia durante 15 años?
  • ¿Cómo se mantiene la verificabilidad de las evidencias durante esos 15 años (LTV/LTA)?
  • ¿El plan prevé la publicación permanente de las claves históricas del servicio?

¿Por qué es esencial para QERDS y TSA?
15 años de custodia post-cese es un requisito inusualmente largo que obliga a planificación financiera y técnica seria. Una evidencia QERDS de hoy puede necesitarse en un pleito o proceso administrativo hasta 2040. Sin custodia garantizada, esa evidencia podría no existir cuando se necesite.

Evidencia que demostraría conformidad

  • Sección del Plan de Cese sobre custodia de 15 años.
  • Acuerdo con el custodio post-cese.
  • Provisión financiera para los 15 años.
  • Procedimiento técnico de preservación LTV/LTA.
Evidencia esperada

Custodia post-cese ≥15 años + custodio identificado + provisión financiera + LTV/LTA durante el periodo.


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Evidencias vinculadas 0

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Por defecto, la evidencia se analiza con Claude (Anthropic) para emitir un dictamen consultivo de cobertura del control. El dictamen es orientativo: el CAB sigue siendo la autoridad sobre la conformidad real.
Aplicabilidad
Aplica
Información del requisito
Última actualización
2026-05-03 18:31
Marco
Ley 6/2020 – Servicios electrónicos de confianza (España)
Versión
Vigente
Referencia bibliográfica
Ley 6/2020, de 11 de noviembre. BOE núm. 298, 12 de noviembre de 2020. https://www.boe.es/eli/es/l/2020/11/11/6